A favor
Empresarios buscan poder pactar salida de embarazadas
Los empresarios han planteado en su propuesta de reforma al Código de Trabajo una modificación del artículo 16, relativo a la prueba y a la carga de la prueba en materia laboral, y la incorporación de una serie de jurisprudencias.
Además, la propuesta publicada por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), plantea incorporar un nuevo texto en el artículo 17, para mantener la numeración actual, relativo a todas las formalidades y registros que las empresas deben presentar y mantener ante las autoridades de trabajo, que están diseminadas en reglamentos y resoluciones.
Con este pedido, los empresarios tienen el objetivo de procurar que haya una unificación de todas las obligaciones e informes que deben hacerse en la Tesorería de la Seguridad Social, para que sean las mismas que deben hacerse ante el Ministerio de Trabajo; busca que haya más simplicidad y menos papeleo en todo lo que es gestión de personal, así como ampliar el plazo de presentación anual de la planilla, para que sea de un mes, esto es el 31 de enero y no el 15 de enero, además de recortar el plazo de aprobación a cargo del Ministerio de Trabajo, y estableciendo la aprobación automática en caso de no recibir respuesta.
La propuesta del sector empresarial para la reforma laboral también busca establecer la posibilidad de pactar una terminación por mutuo acuerdo con una empleada embarazada, y la posibilidad de pactar pagos de derechos e indemnizaciones en dicho acuerdo; y de otra parte, la posibilidad de que la empleada misma pueda ejercer el desahucio.
Respecto al polémico tema del Primer Empleo, los representantes del sector empresarial proponen, con el objetivo de fomentar el trabajo de los jóvenes sin experiencia y viabilizar su inserción en el mercado laboral, establecer contratos de dos años sin responsabilidad por la terminación como un estímulo a los mismos.
En contra
La cesantía
El Conep destaca que la propuesta del sector empresarial es el resultado de un amplio y participativo proceso de las más de 50 organizaciones empresariales agrupadas en esa entidad, que representan los distintos sectores productivos que componen la economía dominicana.
En su propuesta, la organización empresarial también sugiere un tope al auxilio de cesantía de hasta 3 años de servicios y un límite a la base de cálculo de hasta 4 salarios cotizables de la Seguridad Social.
Además, pide modificar los montos de la asistencia económica.
Modificar carga de pruebas dejaría trabajador indefenso
SD. La abogada experta en temas laborales, Maribel Batista, consideró ayer que aunque ciertamente se han generado algunas demandas temerarias con relación a casos laborales, las mismas no son una justificación para exigir, por esa razón, una reforma al Código de Trabajo en República Dominicana.
"En mi opinión, no creo que el objetivo de los empleadores para promover la reforma sea ese tema. Si bien se han dado casos de abusos, porque no se puede negar, sobre todo en las pequeñas empresas, porque las grandes depositan el duplo de las ponderaciones, y eso impide que se pueda ejecutar la sentencia", afirmó.
Sin embargo, manifestó que de modificarse el artículo 16 del Código Laboral, el cual exime al empleado de la carga de las pruebas, sería dejar a los trabajadores en un estado de indefensión.
La profesional, quien sirve de asesora a las centrales sindicales, explicó que con el actual Código de Trabajo, el trabajador no está obligado a probar ante los tribunales, sino que simplemente hace el alegato, y el empleador es quien está obligado a probar lo contrario por los registros que lleva en el Ministerio de Trabajo. Agregó que eso está así en todas las legislaciones laborales en Latinoamérica.
Además, Batista se refirió a la parte de la propuesta de los empresarios que busca permitir que las mujeres embarazadas puedan ser despedidas mediante acuerdos realizados con sus empleadores, y consideró que esto sería desproteger la maternidad.
"Si se le abre la puerta a los empleadores de poder disfrazar un desahucio, que es terminar el contrato de trabajo sin ninguna causa, y poderlo disfrazar de un acuerdo entre las partes, prácticamente la protección de la maternidad se va a perder, porque a muchas trabajadoras, a veces las confunden, las amedrentan, les llenan los ojos con dos centavos que les van a pagar, y las ponen a firmar un mutuo consentimiento para romper el contrato de trabajo, aún cuando esté embarazada, entonces eso va a afectar esa protección de la maternidad", explicó.
Primer empleo
Maribel Batista manifestó que los países que han buscado fórmulas para promover empleo de jóvenes trabajadores mediante la flexibilización de las obligaciones de los empleadores han fracasado porque cuando se crea contrato de trabajo con o sin limitación de derechos, lo que ocurre es que las empresas van sustituyendo los empleados regularmente para evadir las obligaciones laborales. Dijo que si bien es importante promover el empleo en los jóvenes, esa promoción no debe hacerse en detrimento de los derechos laborales.
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