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lunes, 21 de julio de 2014

Revoca posición contra aceptación de la CIDH

La PGR ordenó remitir la posición ante el TC

SANTO DOMINGO. La Procuraduría General de la República (PGR) revocó un dictamen en el cual pedía declarar la inconstitucionalidad de la declaración de aceptación de la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), realizada por el Presidente de la República, el 25 de marzo de 1999.
El procurador Francisco Domínguez Brito instruyó al procurador general adjunto, Ricardo Tavera Cepeda, coordinador de las opiniones del Ministerio Público ante el Tribunal Constitucional, para que proceda a emitir una opinión ante la acción directa de inconstitucionalidad, acorde con lo establecido por el artículo 62.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos.
La opinión revocada por Domínguez Brito fue emitida el 16 de marzo del 2006 por la Procuraduría, mediante la cual solicitó a la Suprema Corte de Justicia que declare con lugar la acción directa en inconstitucionalidad, interpuesta por Juan Manuel Rosario, Pelegrín Castillo Semán, Pedro Manuel Casals Victoria, Juan Miguel Castillo Pantaleón, Mario Bonetti, Leyla Roldán y compartes.
Manifiesta que el dictamen no se aviene al procedimiento establecido por el artículo 62.1 de la CIDH, a los fines de que un Estado parte de la misma, acepte la competencia de la Corte y al mismo tiempo difiere de una iniciativa acorde con los compromisos internacionales asumidos en el marco de la política exterior del Presidente.
Plantea que en atención a la trascendencia y de las responsabilidades que el artículo 169 de la Constitución pone a cargo del Procurador, "en aras de garantizar la protección de los derechos fundamentales, de manera excepcional es pertinente modificar la opinión rendida por el Ministerio Público ante la acción directa de inconstitucionalidad arriba señalada".
La acción persigue la inconstitucionalidad de la adhesión del Estado dominicano a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, alegando no haber sido realizada conforme a los mecanismos constitucionales establecidos en la Carta Magna de 2002.

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