Plantea que hay un debate sobre la autenticidad de los restos
SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) suspendió la sentencia que ordena a la Comisión de Exaltación del coronel Francisco Alberto Caamaño Deñó, creada por la Ley 4-13 del 15 de enero de 2013, cumplir con el traslado de los restos del héroe nacional al Panteón de la Patria.
Acogió una solicitud incoada por el ministro de Cultura, José Antonio Rodríguez, y los miembros de la Comisión de Exaltación, contra la sentencia 040-2014, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el 31 de pasado. Establece que la decisión es adoptada hasta tanto sea decidido el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto contra la misma. Argumenta que procede después de haberse comprobado la excepcionalidad de la especie, y verificado que las pretensiones de los demandantes están fundamentadas en derecho, y que con la ejecución se pudiera causar un daño al patrimonio histórico y cultural de la nación. Consigna que la excepción que justifica la suspensión radica en el debate existente sobre la autenticidad de los restos a ser trasladados, lo cual debe ser dilucidado, “pues esto constituye un aspecto indispensable del objeto de la referida ley núm. 4-13”.
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